SUBSIDIO AL CONSUMO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO

Diseño del Subsidio o Beneficio
Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa

Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo Denominación Numero Fecha Link texto integro Enlace a mayor información
DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL - Departamento Social de Palmilla * Acreditar domicilio en la comuna respectiva y habitar permanentemente la propiedad.* Estar encuestado con Ficha Social.* Acreditar su condición socioeconómica. * Estar al día en el pago de los servicios sanitarios (en caso de existir morosidad, para solucionarla puede solicitar a la empresa que le entrega el servicio sanitario suscribir un convenio de pago de lo adeudado). Recursos Externos: Se efectúa una rebaja en los primeros 15 metros cúbicos de consumo, en un porcentaje que puede variar entre 25% y 85%, que se determina según los niveles tarifarios de la localidad que corresponda y según el nivel socioeconómico de los beneficiarios. El subsidio se aplica al cargo fijo y a los cargos variables de agua potable y de alcantarillado (incluyendo tratamiento de aguas servidas cuando corresponda). El subsidio tiene una duración de 3 años y se puede renovar por un período legal igual mientras se reúnan los requisitos de procedencia establecidos en la Ley N°18.778. La renovación no es automáticia, si no que terminado el período legal de 3 años se debe volver a postular en el Municipio correspondiente con la residencia, y la obtención de este beneficio dependerá de la disponibilidad de cupos en el Nivel Municipal. Todo el año, cumpliendo los requisitos establecidos Asignación según cupos asignados al Municipio por Intendencia Región de O'Higgins, en orden de prelación según el puntaje de la Ficha de Protección Social y respaldo documental. Todo el Año Financiar total o parcialmente el pago del consumo de agua potable y alcantarillado, según el tramo de de vulnerabilidad de las familias, hasta los 15 metros cúbicos. LEY LEY QUE ESTABLECE SUBSIDIO AL PAGO DE CONSUMO DE AGUA
POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS
Ley de Subsidios (N°18.778) y su Reglamento (Decreto Supremo N°195 de 1998 del Ministerio de Hacienda) 17 de enero de 1989


 



Volver