| SUBSIDIO AL CONSUMO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO | |||||||||||||
| Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Individualización del acto que estableció el programa | |||||||||||
| Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información | ||
| DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL - Departamento Social de Palmilla | * Acreditar domicilio en la comuna respectiva y habitar permanentemente la propiedad.* Estar encuestado con Ficha Social.* Acreditar su condición socioeconómica. * Estar al día en el pago de los servicios sanitarios (en caso de existir morosidad, para solucionarla puede solicitar a la empresa que le entrega el servicio sanitario suscribir un convenio de pago de lo adeudado). | Recursos Externos: Se efectúa una rebaja en los primeros 15 metros cúbicos de consumo, en un porcentaje que puede variar entre 25% y 85%, que se determina según los niveles tarifarios de la localidad que corresponda y según el nivel socioeconómico de los beneficiarios. El subsidio se aplica al cargo fijo y a los cargos variables de agua potable y de alcantarillado (incluyendo tratamiento de aguas servidas cuando corresponda). El subsidio tiene una duración de 3 años y se puede renovar por un período legal igual mientras se reúnan los requisitos de procedencia establecidos en la Ley N°18.778. La renovación no es automáticia, si no que terminado el período legal de 3 años se debe volver a postular en el Municipio correspondiente con la residencia, y la obtención de este beneficio dependerá de la disponibilidad de cupos en el Nivel Municipal. | Todo el año, cumpliendo los requisitos establecidos | Asignación según cupos asignados al Municipio por Intendencia Región de O'Higgins, en orden de prelación según el puntaje de la Ficha de Protección Social y respaldo documental. | Todo el Año | Financiar total o parcialmente el pago del consumo de agua potable y alcantarillado, según el tramo de de vulnerabilidad de las familias, hasta los 15 metros cúbicos. | LEY | LEY QUE ESTABLECE SUBSIDIO AL PAGO DE CONSUMO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS |
Ley de Subsidios (N°18.778) y su Reglamento (Decreto Supremo N°195 de 1998 del Ministerio de Hacienda) | 17 de enero de 1989 |
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